La modalidad de teleformación ha ganado relevancia en la impartición de formación profesional para el empleo. Esta modalidad está regulada por la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, que establece un catálogo de especialidades formativas. Las entidades de formación deben cumplir con una serie de requisitos para ofrecer teleformación, que incluyen:
- Acreditación o inscripción para cada especialidad formativa de certificado de profesionalidad.
- Comunicación del inicio de las acciones formativas, especialmente aquellas financiadas con fondos no públicos.
- Cumplimiento de exigencias técnico-pedagógicas, tecnológicas, de espacios, instalaciones, equipamiento y medios humanos establecidos normativamente.
La acreditación como centro de formación en modalidad de teleformación para impartir Certificados de Profesionalidad por el SEPE otorga al centro un estatus estatal, permitiéndole participar como entidad solicitante en convocatorias estatales.